Viernes, 26 de abril de 2024

es fundamental para que los autonomos puedan volver a abrir

Los propietarios de locales comerciales echan en falta préstamos como los del alquiler de vivienda

"Echamos en falta un mayor apoyo de la Administración, con ayudas directas para atender aquellos pagos de alquileres que se aplacen, al igual que se concedieron en las moratorias destinadas a vivienda a través de créditos ICO, y como ha hecho otros países vecinos", indicó la asociación.

No obstante, la patronal "valora positivamente" el hecho de que se optara por una moratoria temporal, dado que estima "ayudará a aplicar un criterio homogéneo en las negociaciones en curso, ofreciendo a todas las partes una mayor seguridad jurídica".

En este sentido, Asipa destacó en un comunicado la "responsabilidad social" que el sector "viene demostrando desde que comenzó la crisis y se decretara el estado de alarma" dado que, por su "propia iniciativa" empezó a ofrecer "diversos planes de ayudas" a los inquilinos de sus locales comerciales se que vieron obligados a cerrar.

En esta línea, la asociación, que tiene como socios a firmas como Merlin, Intu, Colonial, Lar o Unibail Rodamco, "lamenta" que la moratoria de alquileres de locales comerciales aprobada por el Gobierno sólo tenga como beneficiarios a autónomos y pymes, "cuando la situación de crisis es compartida por todos".

"Dado el importante impacto económico que supone para el comercio cerrar sus puertas, esperábamos que el Gobierno ofreciera un mayor apoyo a un sector tan clave como dinamizador de la economía, que va a estar estrechamente ligado a la recuperación del consumo interno", señala Asipa.

MORATORIA DE CUATRO MESES DE ALQUILER.

El Gobierno aprobó este martes un Decreto que permite a autónomos y pymes que hayan cerrado sus negocios aplazar el pago de hasta cuatro meses del alquiler de los locales comerciales que tengan arrendados, si el contrato es con grandes propietarios.

Estas mensualidades de renta se aplazarán, sin penalización y sin devengar intereses, de forma que se irán pagando a plazos en un periodo de dos años a contar desde que se supere el estado de alarma o a partir de dichos cuatro meses.

En el caso de alquileres de locales propiedad de un particular, el arrendatario podrá pedir el "aplazamiento temporal y extraordinario en el pago de la renta siempre que dicho aplazamiento o una rebaja de la renta no se hubiera acordado por ambas partes con carácter voluntario".

En el caso del alquiler de vivienda, el Gobierno trabaja para articular una línea de préstamos avalados por el ICO para aquellos que no puedan afrontar el pago del alquiler de una vivienda, en caso de que la tengan arrendada a un particular. En el supuesto de arrendamiento con grandes tenedores también contempla quitas y reestructuraciones de la deuda.


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