Jueves, 25 de abril de 2024

PP y Vox consideran que la elección de Eduardo de Castro se hizo "en fraude de ley" porque, apuntan, no presentó candidatura a la presidencia

La Junta Electoral de Zona remite al TSJA el recurso de PP y Vox contra el nombramiento del presidente de Melilla de Cs

Según el acta de la JEZ al que ha tenido acceso Europa Press, cuatro integrantes de este órgano electoral presidido por la juez Laura López García, se reunieron este pasado sábado a las 9,00 horas para tratar un único punto del orden del día: Interposición de recurso contencioso electoral contra la proclamación de Eduardo de Castro González como presidente de la Ciudad Autónoma de Melilla.

La presidenta y resto de miembros de la JEZ, añade dicho documento, han acordado la remisión del mencionado recurso junto con el expediente electoral a la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, con sede en Málaga. La resolución se ha notificado a los representantes de las candidaturas concurrentes a las elecciones a la Asamblea de Melilla.

Por último, el acta recoge que se les emplaza para que puedan comparecer ante la Sala dentro de los dos días siguientes de la notificación de la presente resolución.

PP y Vox consideran que la elección de Eduardo de Castro se hizo "en fraude de ley" porque, apuntan, no presentó candidatura a la presidencia cuando fue preguntado por el secretario general de la Ciudad en el pleno de la constitución de la Asamblea, considerando los votos obtenidos en dicha sesión como nulos. Para estos partidos se debe proclamar a Juan José Imbroda (PP) como nuevo presidente de Melilla, dado que fue el más votado tras lograr 12 sufragios y encabezar la lista más votada en las elecciones del 26 de mayo.

En cambio, fuentes próximas a la coalición que formará el próximo gobierno (Cs, CPM y PSOE), consideran que será clave determinar si se recurre la decisión adoptada en el pleno del 15 de junio o contra la proclamación de De Castro en el Boletín Oficial del Estado del 19 de junio, porque en el caso de que fuera la primera fecha, se habría superado el plazo de tres días que da la Ley Orgánica de Régimen Electoral (Loreg). En cualquier caso, consideran que se trata de "una pretensión insostenible y absurda, que merece una reprimenda del tribunal".


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