Jueves, 25 de abril de 2024

haber si la justicia emìeza a flaquear

La Audiencia Nacional rechaza la querella de Vox contra la juez belga que admitió la demanda contra Llarena

Tras la admisión de la demanda en Bélgica, Vox y el Movimiento 24DOS presentaron sendas querellas en la Audiencia Nacional contra la juez Anne Dessy, Puigdemont, el abogado de éste, Gonzalo Boye y los exconsejeros. El partido de extrema derecha veía en su actuación contra Llarena delitos de rebelión y alternativamente de sedición y contra la paz e independencia del Estado, prevaricación y usurpación de funciones. La plataforma de juristas argumentaba en su escrito delitos de prevaricación, usurpación de funciones, falso testimonio y falsedad documental.

Sin embargo, la titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 descarta la competencia de la jurisdicción española para entrar a examinar la actuación de la juez belga por los mismos argumentos por los que se debe excluir la revisión por parte de la justicia belga de las actuaciones que el Tribunal Supremo ha realizado en el ejercicio de su jurisdicción.

"Es evidente que los mismos argumentos que nos llevan a excluir la revisión de las actuaciones jurisdiccionales del Tribunal Supremo español por parte de la justicia belga, o que la misma pueda examinar ningún género de responsabilidad contra el magistrado demandado por actuaciones llevadas a cabo en el ejercicio de su jurisdicción, han de llevarnos a contrario sensu a someter al enjuiciamiento de los tribunales españoles las actuaciones que una juez del Reino de Bélgica haya podido realizar", explica la magistrada.

Asimismo, Tardón considera que los delitos atribuidos a Puigdemont y sus exconsejeros en la querella de Vox --rebelión, sedición y contra la paz e independencia del Estado-- por su demanda contra Llarena no pueden configurar "ni remotamente" los tipos penales mencionados.

Eso sí, la juez de la Audiencia Nacional aprecia "evidente intención" de estos últimos querellados de intentar desacreditar las actuaciones de Llarena, el instructor que les procesó en la causa del 'procés' en el Supremo, y someterlas a la censura de la jurisdicción de un Estado extranjero, de poner en marcha una estrategia dirigida a soslayar y, en suma, a defraudar los instrumentos y garantías que establece el ordenamiento jurídico español para asegurar la independencia de su actuación, vulnerando con ello la integridad e inmunidad de la jurisdicción española". Todo ello aunque ninguno de los hechos que se les atribuyen en las querellas puede tener encaje alguno en las conductas objetivas que castigan los preceptos enunciados.


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