Viernes, 19 de abril de 2024

Da la razón a España y anula una convocatoria de selección de personal para la Eurocámara

El TUE ve discriminatorio limitar a inglés, francés y alemán las convocatorias de plazas en instituciones de la UE

Para acceder a la oferta, publicada en 2016, los candidatos debían tener conocimiento de dos lenguas. Por una parte, un conocimiento profundo (nivel C1, primera lengua) de una de las 24 lenguas oficiales de la UE y, por otra parte, un conocimiento suficiente (nivel B2) de alemán, inglés o francés (segunda lengua), debiendo ser la segunda lengua distinta de la primera.

Sin embargo, la institución europea publicó el formulario de candidatura en los tres idiomas de la segunda lengua cuyo conocimiento suficiente se solicitaba, con la justificación de que son los tres más conocidos en la Eurocámara y alegando "interés del servicio", que exigía que los nuevos agentes fueran operativos inmediatamente y capaces de comunicarse con eficacia en su trabajo diario.

España alegó que se estaba incumpliendo el derecho comunitario al limitar el régimen de comunicación entre la Oficina Europea de Selección de Personal (EPSO) y el candidato, por lo que solicitó a la Justicia europea que anulara la convocatoria.

El Tribunal con sede en Luxemburgo recuerda en su sentencia de este martes que el Estatuto de los Funcionarios prohíbe toda discriminación, como la ejercida por razón de la lengua.

Con todo, admite que pueden autorizarse diferencias de trato por razón de lengua, siempre y cuando estén objetiva y razonablemente justificadas por un objetivo legítimo de interés general, como son las necesidades reales relativas a las funciones que las personas seleccionadas habrán de ejercer.

Sin embargo, el Tribunal europeo subraya que no solo deben garantizar que esa diferencia responde al interés del servicio y es proporcionada, sino que debe quedar motivada con criterios claros, objetivos y previsibles.

El Tribunal de Justicia concluye en el fallo que ni la circunstancia según la cual los conductores deberán ejercer sus tareas en ciudades francófonas o germanófonas, ni aquella según la cual las personas a quienes los conductores deberán conducir utilizan con mayor frecuencia el inglés, pueden justificar la limitación de la elección de la 'lengua 2' a las tres lenguas mencionada.

Por ello, el TUE cree que la Eurocámara no ha demostrado la existencia de un objetivo legítimo de interés general que justifique esta diferencia de trato y ha dictado la anulación de la convocatoria.


Comentarios

No hay comentarios sobre esta noticia.

Comentar

Columnistas

¿Son los derechos humanos una idea tóxica?

Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.

Por Francisco J Contreras Leer columna

San Fernando: el rey y el gobernante

Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Goma 2 Eco asturiana ¡y ya vale!

Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

¿Por qué no una Europa gaullista?

El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización   Publicado previamente en LA GACETA

Por Francisco J Contreras Leer columna

Prescripción del 11M, humillante final de una nación

No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes. 

Por Ana María Velasco Plaza Leer columna

FELIZ NAVIDAD

Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores

Por Editorial Leer columna

LA PROPOSICION DE LEY DE AMNISTIA Y NUESTROS DIPUTADOS

A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?. 

Por José Luis LafuenteLeer columna

¿Somos todavía una nación?

Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción

Por Rafael Sánchez SausLeer columna

Chile: lecciones de septiembre del año 1973

  La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.  

Por Francisco J Contreras Leer columna

CUANDO LOS TRIBUNALES SON INDEPENDIENTES Y RESPONSABLES  

En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.

Por José Luis LafuenteLeer columna

La ciencia y el cristianismo

La edad media no fue tan oscura como nos han contado, y menos aún para la ciencia

Por Francisco Javier Garcia AlonsoLeer columna

Encuesta
¿Logrará la ciudadanía frenar la ley de amnistía?

a) no, el gobierno lo tiene todo "bien atado"
b) sí, la fuerza del pueblo es imparable

Dignidad Digital, S.L. E-mail: redaccion@dignidaddigital.com
logo