Viernes, 15 de agosto de 2025
Sólo por gastos de procurador, el abogado que tenía derecho no pasó la minuta
El TS fija en 482,26 euros las costas que Garzón debe pagar a Correa
El Tribunal Supremo ha fijado en 482,26 euros la cantidad que el ex juez de la Audiencia Nacional Baltasar Garzón debe abonar al presunto cabecilla de la trama "Gürtel", Francisco Correa, en concepto de gastos de procurador en cumplimiento de la pena de 11 años de inhabilitación a los que fue condenado por el caso de las escuchas a los abogados en prisión.
El auto dado a conocer este miércoles por el Tribunal Supremo señala que el abono de esta cantidad debe ser realizado por Garzón en el término de diez días en la Cuenta de Consignaciones de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, "bajo apercibimietno de apremio".
Ya el pasado mes de marzo esta Sala aclaró al que fuera titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 que únicamente le correspondía pagar las costas referidas abogado del presunto cabecilla de la trama, Francisco Correa, pues esta era la única parte que lo había solicitado formalmente.
La aclaración había sido pedida por la defensa de Garzón debido a que el fallo no aclaraba de cuántas de las costas (pago a los abogados) correspondientes a las tres acusaciones particulares que se personaron en esta causa debía hacerse responsable.
El abogado Ignacio Peláez, cuya querella inició esta causa contra el ahora ex juez de la Audiencia Nacional lo había hecho "de forma genérica y, por lo tanto insuficiente", según el alto tribunal, mientras que la representación del imputado en "Gürtel" pablo Crespo guardo silencio, por lo que únicamente cabía responder al primero.
Esta condena al pago de costas se suma a los 11 años de inhabilitación en el ejercicio de su cargo y a la multa de 2.520 euros por un delito de prevaricación en concurso con otro contra las garantías constitucionales al colocarse "a la altura de regímenes totalitarios" cuando intervino las comunicaciones de los cabecillas de la trama "Gürtel" con sus abogados en prisión.
La condena señaló que el magistrado de la Audiencia Nacional vulneró de forma "drástica e injustificada" el derecho de defensa de sus investigados, lo que le supondrá la "pérdida definitiva" del cargo.
La resolución, que fue acordada por unanimidad de los siete magistrados que juzgaron la causa el pasado mes de enero, conllevó la pérdida definitiva de su cargo en el Juzgado Central de Instrucción número 5 "y de los honores que le son anejos", así como "la incapacidad para obtener durante el tiempo de la condena cualquier empleo o cargo con funciones jurisdiccionales o de gobierno dentro del Poder Judicial, o con funciones jurisdiccionales fuera del mismo".
Esta inhabilitación ha sido ya aplicada por el Consejo General del Poder Judicial y se mantendrá hasta el 3 de abril de 2022, según especificó el propio Supremo el pasado 28 de mayo.
Columnistas
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