Miercoles, 24 de abril de 2024
¿aceptara ser igual ante la ley como predicó?
El Tribunal Supremo recibe una demanda de paternidad contra el Rey Juan Carlos
El Tribunal Supremo ha recibido una demanda de paternidad presentada por Alberto Solá Jiménez contra el Rey Juan Carlos. La Audiencia de Madrid ha elevado este asunto al alto tribunal después de que a mediados de julio entrara en vigor la ley que regula el aforamiento del monarca saliente, según el auto, al que ha tenido acceso Europa Press.
Los magistrados estudiarán un asunto que afecta a la esfera privada del Rey Juan Carlos, quien, según el recurrente Alberto Solá, mantuvo una relación con su madre biológica Anna María Bach Ramon antes de ser proclamado jefe del Estado. Solá, nacido en Barcelona en 1956, fue criado en una familia adoptiva.
La Sección número 24 de la Audiencia Provincial de Madrid tenía previsto celebrar en septiembre una vista en la que deliberar sobre el recurso de de apelación presentado por el abogado de Solá, Francesc Bueno, contra la decisión del Juzgado de Instrucción número 34 de archivar este caso por la inviolabilidad que la Constitución otorgaba al entonces jefe del Estado español.
El abogado amplió sus alegaciones tras la abdicación de don Juan Carlos y la Audiencia de Madrid elevó la causa al Tribunal Supremo tras los "términos rotundos" de la ley orgánica 4/2014, del 11 de julio, que dispone en su disposición transitoria que los tribunales que estén conociendo de hechos relacionados a los nuevos aforados deberán suspender su tramitación y remitirlos "inmediatamente" al alto tribunal.
La Audiencia de Madrid acordó así la semana pasada la remisión de este caso a "la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo, que es la competente para conocer de la acción referida", según el auto, del que fue ponente el magistrado José Ángel Chamorro.
El abogado Francesc Bueno defiende los derechos de su cliente, quien se reivindica como primogénito del monarca, y alude a la jurisprudencia que determina que la inviolabilidad del artículo 56.3 de la Constitución "no sería extensible a la esfera civil o jurídico privada" y solo protegería los "actos que realizó fruto del ejercicio de sus funciones como Rey".
"El blindaje de la inviolabilidad o inmunidad o prerrogativas que se pueden conceder al señor de Borbón y Borbón Dos Sicilias, si bien pueden ser muy loables, únicamente deberían abarcar los hechos que este realizó en el ejercicio de sus funciones y no amparar conductas que este pudo realizar en su esfera jurídico privada", recoge el escrito al que tuvo acceso Europa Press.
Dicho esto, Bueno precisa que cuando Solá fue concebido don Juan Carlos "no ostentaba título alguno de la monarquía" y que el aforamiento no debería privar a su representado de "todas y cada una de las garantías que ostenta por mandatos legales y constitucionales".
En su demanda, Solá esgrimía una prueba de ADN confrontada por un antiguo perito del CESID que apoyaba la paternidad del Rey con "una fiabilidad superior al 99.99 por ciento". "Dicho documento, si bien no es reciente, llegó a las manos de mi defendido hace escasas dos semanas proveniente de una persona cercana a él", añade el escrito, para concluir reclamando que, si esta prueba no fuera admitida debería realizarse otra y llamar como testigo al citado perito, que se identifica con nombre, apellidos, dirección y número de colegiado.
Columnistas
Detrás de tanta normativa milimétrica se agazapa una desconfianza descomunal en la gestión privada, que actúa como un implícito reproche moral. Publicado en El Debate
Por Enrique García MáiquezLeer columna
Occidente no perdió el rumbo en 1776, sino en 1917 y 1968.
Por Francisco J Contreras Leer columna
Sólo el advenimiento de los Reyes Católicos, y el resultado de su prodigiosa obra, pudo superar, andando el tiempo, esa primacía en la memoria de los castellanos. Pero para ello hubieron de pasar casi doscientos cincuenta años Publicado en El Debate
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
Cabe resaltar aquí lo afirmado por el fiscal jefe de la Audiencia Nacional: "En definitiva, da igual el explosivo que se utilizara, lo cierto es que todas las pruebas apuntan a que estos personajes fueron los que cometieron ese atentado y la trama asturiana proporcionó los explosivos" (sic).
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
El papel rector de la Comisión Europea —que concentra todo el poder ejecutivo y gran parte del legislativo de la UE, pero no responde ni ante los Gobiernos nacionales, ni ante los ciudadanos europeos ni ante el Parlamento Europeo— es el principal instrumento de ese proceso de supranacionalización Publicado previamente en LA GACETA
Por Francisco J Contreras Leer columna
No sé si las palabras del juez ponente del proceso del 11M -"hay cosas tan graves en el 11-M que por ahora es mejor que no se sepan"- están ahora más en vigor que nunca antes.
Por Ana María Velasco Plaza Leer columna
Un año más enviamos nuestra felicitación navideña a nuestros lectores
Por Editorial Leer columna
A propósito de este acuerdo vienen a la memori las palabras de San Agustín en La ciudad de Dios, si no se respeta la justicia, ¿Qué son los Estados sino grandes bandas de ladrones?.
Por José Luis LafuenteLeer columna
Las naciones no son entes abstractos sino productos de la historia y, como tales, objeto de construcción o destrucción
Por Rafael Sánchez SausLeer columna
La actitud del Partido Socialista chileno hacia la democracia era en los 60 y 70 la misma que la del Partido Socialista Obrero Español (PSOE) de Francisco Largo Caballero desde 1933: la democracia podía interesar como instrumento o puente hacia la dictadura del proletariado.
Por Francisco J Contreras Leer columna
En Asturias, la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia en sentencia 620/2023, de 29 de mayo, dictada en el recurso PO 791/2022, ha estimado el recurso formulado por el Arzobispado de Oviedo impugnando el Decreto 60/2022, de 30 de agosto.
Por José Luis LafuenteLeer columna