Jueves, 07 de agosto de 2025
Gallardón reduce a siete los miembros liberados del CGPJ y mantiende la elección parlamentaria
El Gobierno reforma el Consejo General del Poder Judicial incumpliendo su programa electoral
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes la reforma del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en la que se mantiene la designación parlamentaria de los vocales, si bien abre la puerta a que los jueces no afiliados a ninguna asociación puedan postularse como candidatos. Además, serán seis vocales más el presidente los únicos con dedicación exclusiva, frente a los 20 actuales.
El ministro de Justicia, Alberto Ruiz-Gallardón, ha llevado al Consejo el anteproyecto por el que se modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial respecto al modelo del órgano de gobierno de los jueces con la previsión de ser aplicable en la renovación que tendrá lugar en septiembre de 2013.
Durante la rueda de prensa celebrada tras el Consejo de Ministros, Gallardón ha justificado el mantenimiento de la designación parlamentaria en la "continuidad institucional" y la "vocación de consenso" parlamentario. El anteproyecto será trasladado a las asociaciones y a las autoridades judiciales para que puedan aportar sus alegaciones.
Como principal novedad, se reducen los vocales con dedicación exclusiva y se permite que compaginen su cargo con el ejercicio de su carrera profesional.
Los únicos liberados serán el presidente y los seis miembros de la Comisión Permanente --tres del turno judicial y tres juristas que permanecerán un año en la misma, rotando este puesto entre todos los vocales para evitar consejeros "de primera y de segunda".
"Aquellos que sean jueces o magistrados continuarán ejerciendo jurisdicción. Si hubiera un fiscal o un catedrático o un abogado continuará en el ejercicio de su función, con las reglas de abstención siempre que pueda existir algún conflicto de intereses", ha explicado el ministro, que ha precisado que éstos vocales percibirán las dietas por el ejercicio de su cargo, de forma que no superen a los liberados, que recibirán la retribución de magistrados del Supremo.
Igualmente, la propuesta de Gallardón reduce a cuatro las comisiones de este órgano, frente a las doce actuales. Únicamente funcionarán las comisiones Permanente, Disciplinaria, de Igualdad y de Asuntos Económicos, además del Pleno. El ministro ha englobado esta idea en las "medidas de simplificación y ahorro".
El Pleno ejerce las máximas funciones, como las referidas al nombramiento del presidente, la elección de los magistrados del Supremo, la aprobación de los reglamentos o presupuestos del Consejo o la relación de puestos de trabajo. Mientras tanto, la Permanente se ocupa de la "gestión cotidiana".
Se crea la figura del promotor de la Acción Disciplinaria, un magistrado del Supremo o con más de 25 años de antigüedad en la Carrera que incoará los instrumentos de procedimiento y formulación de pliego de cargos. La sanción corresponderá a la Comisión Disciplinaria, excepto la separación de servicio que será acordada por el Pleno.
REPRESENTACIÓN DE JUECES NO AFILIADOS
En referencia a la designación de los 12 vocales de procedencia judicial, cualquier juez en activo podrá ser elegido si reúne el aval de 25 jueces o magistrados en servicio activo o el aval de una asociación judicial. Cada juez o asociación podrá avalar hasta un máximo de doce candidatos.
Posteriormente, el presidente del Supremo remitirá a ambas Cámaras la lista definitiva de candidatos para que éstas designen a los vocales del turno judicial. Tomarán en consideración la proporción existente en la Carrera Judicial entre jueces y magistrados no afiliados y los que sí están asociados, se evita así "la no representación del 50 por ciento de jueces y magistrados no afiliados, que es la situación en la que se han encontrado los últimos Consejos".
De estos doce, tres serán magistrados del Tribunal Supremo, tres serán magistrados con más de 25 años de antigüedad en la Carrera, cuatro magistrados sin este requisito de antigüedad y por último dos jueces. Respecto a los ocho juristas de reconocida competencia, serán profesionales con más de 15 años de ejercicio de su profesión, en la que se podrá computar el tiempo que ha estado ejerciendo la función jurisdiccional.
Actualmente, el Consejo cuenta con 20 vocales, de los que 12 son jueces y magistrados elegidos por el Congreso y el Senado a propuesta de las asociaciones judiciales y los ocho restantes son juristas de reconocida competencia, que también son elegidos a partes iguales por ambas Cámaras. El presidente es elegido por el Pleno electo.
EVITAR BLOQUEO EN LA RENOVACIÓN Y VOTACIONES "NO SECRETAS"
El anteproyecto busca eliminar situaciones de bloqueo al establecer mecanismos para no entorpecer las renovaciones. "Por ejemplo, si una Cámara no cumpliese con el mandato constitucional de renovación del Consejo, con el mandato de la otra Cámara y la prórroga de aquellos que continuarían en su función, el Consejo podría constituirse válidamente y elegir al presidente".
Incluye también un sistema de votaciones para evitar esos supuestos de bloqueo, pero se mantienen las mayorías cualificadas de tres quintas para las designaciones más importantes, como la del presidente del Tribunal Supremo y del CGPJ.
Gallardón ha destacado el criterio de "transparencia" al ser las votaciones "nominales y no secretas", no cabrá la posibilidad de abstención salvo que concurra causa legal y se deberá justificar los nombramientos.
CONTROL "PREVENTIVO Y EXTERNO" DEL PRESUPUESTO
Según el ministro, el anteproyecto mantiene las competencias del Consejo del Poder Judicial "en los términos establecidos en el artículo 122 de la Constitución". El citado artículo hace referencia a materia de nombramientos, ascensos, inspección y régimen disciplinario.
La modificación afecta a otras funciones que no tienen que ver con ese carácter constitucional. Así, las actividades internacionales se coordinarán con el Ministerio de Exteriores, la potestad reglamentaria "se referirá a la esfera interna" y a la autonomía presupuestaria.
"El Consejo mantiene su autonomía presupuestaria, elabora su propio presupuestario y lo que se hace es vincularlo al principio de disponibilidad presupuestaria en su sentido cualitativo y sometido a los controles preventivo y externo", ha explicado.
Por otro lado, el presidente del órgano será un miembro con categoría de magistrado del Supremo y deberá reunir las condiciones para poder ser presidente de Sala del alto tribunal, o, en su caso, un jurista con más de 25 años de experiencia. La reforma crea un presidente del Tribunal Supremo, así como un cuerpo de letrados.
El texto prohíbe la promoción de los vocales a la categoría de magistrado del Tribunal Supremo o cualquier otro cargo de libre designación en el que se tengan en cuenta méritos durante el mandato del Consejo en el que permanezcan o en que hayan permanecido si presentan su dimisión.
INCUMPLIMIENTO DEL PROGRAMA ELECTORAL
Gallardón ha justificado su distanciamiento al programa electoral y a su propuesta inicial en su deseo de que una ley que afecta a un aspecto estructural del país sea respaldada con el "máximo número de grupos" y, "muy especialmente" con el PSOE, el partido con el que los populares han alternado el poder, según ha dicho.
Desde que el ministro elevara el primer informe de la comisión de expertos al Consejo de Ministros, se ha fraguado una "intensa y discreta" labor para redactar un texto que garantice que el gobierno de los jueces tenga "una continuidad institucional".
La propuesta aprobada hoy se aleja del compromiso con el que Gallardón llegó al cargo y el PP plasmó en su programa electoral. "Promoveremos la reforma del sistema de elección de los vocales del CGPJ, para que, conforme a la Constitución, doce de sus veinte miembros sean elegidos de entre y por jueces y magistrados de todas las categorías".
Columnistas
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