Jueves, 28 de marzo de 2024

El proceso quedará suspendido cuando el TC lo admite a trámite

El Gobierno, a la espera de los pasos de Mas para reunirse y ordenar los recursos ante el Constitucional

El Gobierno se encuentra a la espera de que mañana se apruebe la ley catalana de consultas y del momento que elija el presidente de la Generalitat, Artur Mas, para firmar la convocatoria de la consulta independentista de Cataluña, para reunirse de urgencia e iniciar los trámites para que el Tribunal Constitucional paralice el proceso.

   El Ejecutivo ha previsto distintos escenarios y en función de los mismos está preparado las respuestas jurídicas. En este sentido, las fuentes consultadas por Europa Press, explican que aunque se conocen los hechos que van a ir sucediendo, no tienen la certeza de cuál es el calendario que usará Artur Mas. Por eso, atendiendo al mismo, el Ejecutivo convocará una reunión extraordinaria del Consejo de Ministros para instar a la Abogacía del Estado a recurrir.

   El primer paso tendrá lugar mañana en el Parlamento Catalán: la aprobación de la ley de consultas y su consiguiente publicación. A partir de ese momento, el Gobierno ya ha anunciado que recurrirá la norma al Tribunal Constitucional por entender que el legislativo autonómico se arroga competencias que no le corresponden. Para presentar el recurso, necesitará un informe del Consejo de Estado, que puede estar redactado en cuestión de horas si así se lo solicita un Consejo de Ministros.

   El presidente de la Generalitat se apoyará en esa ley del Parlament para firmar un decreto de convocatoria de la consulta independentista del 9 de noviembre, aunque se desconoce cuándo lo hará. También este acto será recurrido ante el Tribunal Constitucional.

   El Ejecutivo podría solicitar los informes y autorizar la interposición de ambos recursos en un mismo Consejo de Ministros, una sesión que podría ser extraordinaria y celebrarse este mismo fin de semana. Todo dependerá de cuándo se publique oficialmente la ley catalana y cuándo firme Mas el decreto de convocatoria de la consulta.

RECURSO Y SUSPENSIÓN

   El Gobierno ha recordado en los últimos días que sus recursos ante el Alto Tribunal irán acompañados de la petición de suspensión, que tiene efectos retroactivos, es decir, impide la entrada en vigor del acto recurrido, según el artículo 161.2 de la Constitución. La suspensión será efectiva en el mismo momento en que el Tribunal Constitucional admita a trámite el recurso del Gobierno. La próxima semana, el Alto Tribunal celebrará sesiones plenarias de martes a jueves.

   El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce ha explicado también que al admitir los recursos y dictar la suspensión, el Constitucional puede hacer un requerimiento para que se cumpla su autoridad, "de forma que todos aquellos que tengan que cumplirlo lo sepan con claridad". Es decir, apuntaría el riesgo de cometer un delito de desobediencia si Artur mas sigue con los preparativos de la consulta del 9 de noviembre.

   Sin embargo, otros expertos constitucionalistas consultados por Europa Press interpretan que no es necesario que el Alto Tribunal haga ninguna de estas indicaciones para que la suspensión se ejecute y tenga las consecuencias penales previstas en caso de desobediencia.

   Esa primera suspensión en cualquier caso tiene una vigencia de cuatro meses y el Tribunal debe renovarla periódicamente hasta dictar sentencia, para lo cual pueden pasar años.

ARGUMENTOS PREVISTOS

   Para armar su defensa, el Gobierno cuenta ya con un informe del Consejo de Estado y otro de la Abogacía del Estado sobre la declaración soberanista aprobada por el Parlamento catalán en 2012. Además, y como se ha encargado de recordar en público la vicepresidenta, el Ejecutivo ha estudiado el informe del Consejo de Garantías Estatutarias sobre la ley catalana de consultas: fue favorable, pero con el voto en contra de cuatro de sus nueve miembros.

   Los firmantes de estos cuatro votos particulares, entre ellos el vicepresidente del Consejo de Garantías, Pere Jover, coincidieron al entender que en la norma se plantean las consultas como si fueran un referéndum y, para esto último, la Generalitat no tiene competencias. Se trataría de un referéndum "simulado", señalan, que no tiene las garantías exigidas por la Constitución ni por el Estatuto de Autonomía catalán.

   En cuanto al Consejo de Estado y la Abogacía del Estado, realizaron sendos dictámenes para el Gobierno tras la declaración de soberanía de Cataluña aprobada por el Parlament el 23 de enero de 2013. El órgano consultivo ya hablaba entonces de que no existe un sujeto institucional titular de un derecho a decidir que no sea el pueblo español en su conjunto; la única posibilidad es que se produzca una reforma de la Constitución por las vías previstas en la propia Carta Magna.


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