Viernes, 19 de abril de 2024

En este sentido, reconoce que retrasar la entrada en vigor del plan afectaría negativamente al objetivo de política económica perseguido

El Constitucional alemán desbloquea el desembolso de los fondos europeos

El Alto Tribunal considera que las consecuencias del bloqueo preliminar serían más graves si posteriormente fuese declarado constitucional que en caso de seguir adelante y finalmente determinarse su inconstitucionalidad.

Dado que, por tanto, el resultado del procedimiento principal no puede determinarse en un examen sumario, el Tribunal Constitucional Federal debe, en principio, basar su decisión en una ponderación de consecuencias, por lo que el Alto Tribunal germano ha considerado que "en el presente caso, la ponderación no da lugar a una decisión a favor de las demandantes".

En su exposición, el Constitucional reconoce que la denuncia interpuesta contra la ratificación alemana "no es inadmisible desde el principio ni claramente infundada", ya que considera que los demandantes han demostrado que al menos es posible que pueda vulnerar la norma constitucional, pero sostiene que "sobre la base de un examen sumario, no parece muy probable que la Corte encuentre una infracción en el procedimiento principal".

Por tanto, dado que la decisión en el presente procedimiento judicial preliminar debe basarse en una ponderación de consecuencias, el Constitucional ha anunciado que el resultado no favorece a los demandantes al tener cuenta que las consecuencias que se producirían al no imponer las medidas cautelares solicitada de la ratificación y posteriormente declararse inconstitucional "son menos graves" que las consecuencias que se producirían si se diera efectivamente la orden preliminar, pero las denuncias constitucionales presentadas por los demandantes resultaran finalmente infundadas.

En este sentido, reconoce que retrasar la entrada en vigor del plan afectaría negativamente al objetivo de política económica perseguido y las consecuencias adversas resultantes podrían resultar irreversibles, ya que el fondo de recuperación tiene como objetivo específico abordar las consecuencias de la pandemia y prevé medidas a tomar en un período de tiempo relativamente corto.

"Según el Gobierno Federal, al que se le concede un amplio margen de apreciación y pronóstico en la valoración de las cuestiones de política exterior y que el Tribunal Constitucional Federal debe respetar, retrasar la entrada en vigor de la decisión supondría, además, una tensión importante en las relaciones exteriores y europeas", añade.

Por contra, el Constitucional considera que en el caso de dejar seguir adelante el proyecto y en un futuro determinarse su inconstitucionalidad el impacto sería significativamente menor, añadiendo que si la Corte Constitucional Federal determinara que constituye un acto ultra vires o que invade la identidad constitucional, entonces correspondería al Gobierno Federal restaurar el orden constitucional por todos los medios a su alcance.

A finales del pasado mes de marzo, el Constitucional alemán ordenó al presidente del país, Frank-Wlater Steinmeier, detener la firma de la Decisión de Recursos Propios de la UE, una legislación clave para la puesta en marcha del plan europeo anticrisis, ya que es la que permite a la Comisión Europea emitir la deuda con la que financiará la recuperación.

Esta normativa había sido aprobada sin problemas previamente en el Parlamento (Bundestag) y en el Senado (Bundesrat), pero la decisión del Constitucional en respuesta al recurso presentado por un conjunto de ciudadanos alemanes había evitado la finalización del procedimiento nacional de ratificación.

El Ejecutivo comunitario no puede acudir a los mercados de deuda hasta que la Decisión de Recursos Propios de la UE haya sido aprobada en los veintisiete parlamentos nacionales. Además de Alemania, otros nueve países no han ratificado el procedimiento, entre ellos Países Bajos, que esperaba el veredicto alemán.

La ratificación del fondo de recuperación en todos los Estados miembros no es el único trámite a completar para que las ayudas empiecen a fluir hacia los países, puesto que la UE antes debe dar también el visto bueno a los planes nacionales con las reformas e inversiones que financiarán dichos fondos


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