Domingo, 10 de agosto de 2025
de la hipoteca
Consumidores de Asturias logra la primera sentencia firme que condena a un banco a eliminar la cláusula suelo
La sentencia dada a conocer por la UCE apunta a un contrato de préstamo con garantía hipotecaria suscrito en 2012 entre Caja Rural de Asturias y un particular, en el que se pactó una limitación al interés remuneratorio aplicable, cuyo tipo mínimo anual se fijó en un 3,25 por ciento.
Tras presentar una demanda verbal civil, el afectado solicitó la nulidad de la limitación mínima del tipo de interés --cláusula suelo--, así como la devolución de todos los intereses abonados desde mayo de 2013, fecha a partir de la cual el Tribunal Supremo estima que "los bancos y cajas tenían claro hasta dónde se extendía su obligación de actuar con transparencia" y por consiguiente, conocían cómo tenían que informar a los clientes sobre las cláusulas de los contratos.
El Juzgado da respuesta íntegra a las demandas del usuario, que había pedido un crédito hipotecario de 95.000 euros a pagar en 384 cuotas, al reconocer en la sentencia que la aplicación de esta cláusula de limitación del tipo de interés, denominada 'cláusula suelo', solo es "lícita" cuando el consumidor "tenga una información previa completa de su contenido".
"No consta", por contra, que el afectado "recibiera información específica acerca del significado económico y las consecuencias de la aplicación de la cláusula".
Esta sentencia, por tanto, se encuentra en consonancia con lo dictaminado por el Tribunal Supremo, quien defiende a los consumidores ante "cláusulas abusivas" impuestas en contratos sin "suministrar información" sobre el alcance del contrato.
El presidente de la UCE, Dacio Alonso, ha celebrado la sentencia judicial, al haberse logrado "sin abogado ni procurador", y ha instado a los usuarios afectados por este tipo de cláusulas a que "no firmen acuerdo alguno con los bancos y cajas que la siguen aplicando" ya que, al conocer la situaación, perderían su derecho a reclamar los intereses desde que firmó su contrato hipotecario.
"No puede decirse que el prestamista haya actuado de buena fe cuando no cumplió con sus obligaciones de información precontractual, por lo que es obligado condenarle a devolver todo lo que cobró indebidamente por este concepto", ha señalado Alonso.
Actualmente la UCE gestiona 1.542 demandas judiciales de asociados contra siete entidades. De resultar favorables las sentencias judiciales por cada causa, la cláusula suelo "costaría" a los bancos más de 10 millones de euros.
Columnistas
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