Jueves, 25 de abril de 2024

Castro, en su auto sobre la Infanta: "Lo que tú defraudas, lo pagamos todos"

Castro envía a juicio a la Infanta Cristina, acusada de dos delitos fiscales

  Así lo ha decidido en el auto de apertura de juicio oral del caso Nóos, que ha dictado este lunes y en el que finalmente ha resuelto no aplicar sobre la Duquesa de Palma la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa quien ejerce la acción popular, en este caso Manos Limpias, que solicita ocho años de cárcel para la hermana del Rey Felipe VI.

   Por su parte, ni la Fiscalía Anticorrupción ni el perjudicado por los delitos presuntamente cometidos, la Agencia Tributaria, apuntan a la existencia de indicios criminales sobre Cristina de Borbón.

   En su resolución judicial, Castro apunta que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarin facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008.

   Para justificar su petición de ocho años de cárcel -cuatro por cada uno de los dos delitos fiscales-, Manos Limpias considera que la Duquesa incurrió en una agravante, y fue la de haber interpuesto una sociedad para ocultar la verdadera identidad de los obligados tributarios.

   De hecho, Manos Limpias, al igual que la Fiscalía, considera que Aizoon era una de las mercantiles ficticias que integraban el entramado societario presuntamente urdido por Urdangarin y su exsocio Diego Torres con el objetivo de desviar los fondos obtenidos por el Instituto Nóos desde las Administraciones públicas. Mediante esta trama ambos se habrían apoderado de hasta 6,2 millones de euros de Baleares, Comunidad Valenciana y Madrid.

   Según el sindicato, la defraudación presuntamente efectuada por Urdangarin "nunca hubiera podido tener lugar" sin la "necesaria intervención" de Cristina de Borbón, de ahí que sea considerada cooperadora necesaria de los dos delitos contra la Hacienda pública en que incurrió su esposo.

   "La Infanta sabía que todo lo que estaba haciendo era ilegal, pero aún así hizo como que miraba para otro lado. Pero eso sí, manteniendo viva su mercantil Aizoon a pesar de las advertencias de ilegalidad que pesaban sobre la misma", abunda la entidad en su escrito de acusación, en el que reclama además que la Duquesa haga frente a multas que ascienden a 2.022.861 euros.

   El juez Castro ha desestimado de este modo la petición efectuada por la defensa de Doña Cristina, cuyos abogados, Miquel Roca y Jesús María Silva, aludieron a la doctrina Botín pedir el sobreseimiento de la causa contra la hermana menor del Rey, al considerar "jurídicamente inadmisible" que pudiera sentarse en el banquillo. Los letrados sostienen que sobre su patrocinada no pesa responsabilidad penal alguna en el marco de estas pesquisas.

   Del mismo modo, el fiscal Pedro Horrach solicitó archivar la imputación de la Infanta al recriminar que se le acuse en base a "sospechas" y a un "raquítico 'pudo saber'", lo que a su juicio la sitúa en una "posición de indefensión". De hecho, considera que no hay "dato, indicio, documento o declaración que acredite lo que hasta el momento ha sido incapaz de justificarse: una mínima prueba de cargo indiciaria y objetiva" de la participación de la Duquesa en un supuesto fraude al fisco.

Castro, en su auto sobre la Infanta: "Lo que

tú defraudas, lo pagamos todos"

El juez instructor del caso Nóos, José Castro, proclama en su auto de apertura de juicio oral, en el que ha acordado sentar en el banquillo a la Infanta Cristina por dos presuntos delitos fiscales, que "lo que tú defraudas, lo pagamos todos", aseverando cómo la propia Agencia Tributaria ha impulsado en los últimos años "eslóganes" y campañas como "Hacienda somos todos" con el objetivo de evitar conductas ilícitas contra el fisco.

   En su resolución, Castro recalca cómo "se decidió llevar a cabo unas amplias campañas institucionales de pretendida concienciación tributaria" entre las que destaca, "por ser un clásico del que se ha hecho un prolífico uso, las más de las veces cargado de ironía, la de que 'Hacienda somos todos' y las muy recientes que cierran un diálogo con el eslogan oficial de la campaña: 'Lo que tú defraudas, lo pagamos todos'".

   "Ello no es óbice a que sea la Agencia Tributaria quien, como gestora de los fondos públicos que los contribuyentes han puesto a su disposición", incide Castro, "se persone a través de la Abogacía del Estado al no poder hacerlo directamente los ciudadanos, a quienes les resultaría de imposible cuantificación el perjuicio que para cada uno de ellos ha representado la picaresca fiscal".

   No obstante, en este caso Hacienda siempre ha sostenido, junto a la Fiscalía Anticorrupción, que la hermana del Rey Felipe VI no ha incurrido en responsabilidad penal alguna, por lo que sólo es Manos Limpias la que reclama pena de cárcel para la Duquesa, más en concreto ocho años de cárcel.

   Es por ello, sobre el hecho de que debiera o no enviar a juicio a la Duquesa al únicamente ser acusada por quien ejerce la acción popular, señala que Manos Limpias está "absolutamente legitimada para acusar y postular la apertura del juicio oral" con independencia de que de ello "se hayan abstenido" el Ministerio Fiscal y la Abogacía del Estado.

LA DOCTRINA BOTÍN NO ES APLICABLE A ESTE CASO

   El juez alega así que no es aplicable a este caso la denominada doctrina Botín, que impide juzgar a alguien si únicamente le acusa la acusación popular y no la Fiscalía o el perjudicado por los hechos, al señalar que no sólo Cristina de Borbón se enfrenta a los dos delitos fiscales sino también su marido, Iñaki Urdangarin, y a él sí que le acusan de los mismos.

   En concreto, Castro considera  a la Infanta cooperadora necesaria de dos delitos fiscales, al considerar que su papel fue imprescindible para que su marido defraudase hasta 337.138 euros a Hacienda a través de Aizoon, empresa presuntamente 'pantalla' de la que ambos son propietarios.

   En este sentido, el juez apunta a que la Infanta contribuyó, como socia de Aizoon, a que Urdangarin facturase a través de esta sociedad, como si de rendimientos de actividades económicas se tratasen, y no personales, las retribuciones que cobró de numerosas entidades privadas de las que era consejero asesor, y de este modo tributar menos en su declaración de la renta de 2007 y 2008.


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