Miercoles, 08 de mayo de 2024

en su escrito de alegaciones contra el reparto de 'macrocausas'

Alaya destaca también la relación "profesional" de la juez Núñez con un "hermano" del exconsejero Ojeda

La magistrada, que ocupa actualmente una plaza en la Audiencia Provincial de Sevilla, pidió una comisión de servicio para seguir instruyendo las 'macrocausas' relativas a los ERE irregulares, los cursos de formación y los avales de IDEA, pero el TSJA ratificó el pasado 7 de julio su informe sobre el reparto de trabajo en el Juzgado de Instrucción número 6 y la asignación a Alaya del caso ERE y el delito societario de Mercasevilla, y a la titular de las restantes 'macrocausas'.

   En el escrito elevado al CGPJ para defender que debe ser ella la que instruya las 'macrocausas', al que ha tenido acceso Europa Press, Alaya señala: "Se da la circunstancia de que la prensa en general, cuestión que expongo como mero lector sin la menor certeza, pero que a la vez me inquieta, pone de manifiesto que la señora Núñez Bolaños está relacionada profesionalmente con Antonio Ojeda, hermano de Ángel Ojeda, en la impartición de cursos o ponencias en una academia jurídica, y que mantiene una estrecha amistad con el consejero de Justicia, don Emilio de Llera, notorio detractor del trabajo de esta instructora".

   La magistrada continúa diciendo que la finalidad de la medida de refuerzo aprobada es la "agilidad y eficacia" en la tramitación de las causas, pero añade que esos fines deben ser conjugados con la "seriedad y el rigor" en la tramitación de las causas complejas. "Estas máximas por su normal desconocimiento en este momento no se dan en María Ángeles Núñez, frente a la experiencia y los resultados que humildemente, pero también de manera innegable, avalan mi trayectoria", alega Alaya.

   Al hilo, y en este informe de ocho páginas fechado el pasado 25 de junio, pone de manifiesto que su "gran preocupación" ha dejado de ser la ralentización de las causas, "que sin duda se produciría", sino la "ausencia de confianza" que la actuación de María Núñez Bolaños le genera por su actuación en la causa de los ERE y en los cursos de formación.

"CLARA INFRACCIÓN"

   Alaya comienza su informe señalando que fue el 23 de junio cuando tomó conocimiento "a través de la prensa" de que la juez Núñez había presentado su escrito relativo al plan de actuación del Juzgado y que la Sala de Gobierno había aprobado dicho plan "con determinadas salvedades", en relación a que la magistrada llevara el delito societario de Mercasevilla y el caso ERE "hasta que se resolviera sobre su división en piezas separadas".

   Este acuerdo del TSJA "establecía que del plan de actuación que debía formular la titular debía darse audiencia a los dos magistrados cuya comisión de servicios se informaba favorablemente", pero "se desprende una clara infracción del procedimiento establecido por el referido acuerdo, porque ni la titular ni el tribunal en su caso me han conferido audiencia como comisionada de dicho plan, cuando por contra a dicha magistrada sí se le dio traslado del que yo propuse para que ella elaborara el suyo".

   Con ello, "ni se ha podido tomar en consideración por el Tribunal Superior las alegaciones que con seguridad hubiera efectuado al plan propuesto por la señora Núñez Bolaños ni se ha podido lograr el consenso de un plan de trabajo en equipo para la llevanza de las macrocausas, objetivo del citado acuerdo que se incumple por la titular y que no se ha subsanado por el Tribunal Superior, pues a día de hoy sigo sin conocer el referido plan", asevera Alaya.

VUELVE A RECHAZAR LA DIVISIÓN EN PIEZAS

   La juez añade que, en el acuerdo de 23 de junio, "la atribución de la competencia de seguir instruyendo la causa de los ERE se condiciona temporalmente hasta que se resuelva sobre su división en piezas separadas", de manera que "claramente se mezcla lo que es una cuestión gubernativa con lo que es una cuestión jurisdiccional, la división en piezas de la causa para su enjuiciamiento separado".

   A esta división "me he opuesto por razones estrictamente jurídicas, desde evitar la absoluta ruptura de la continencia de la causa, por el riesgo innegable de fallos contradictorios admitido por el Ministerio Fiscal al no haberse enjuiciado lo que se llamaría la pieza principal, pasando por razones de continuidad delictiva, penalidad, conexidad necesaria y subsecuencia delictiva", a lo que "habría que añadir que casi la mitad de las ayudas deben ser enjuiciadas por el Tribunal Supremo" en las diligencias que mantiene abiertas.

   "Razones pues han existido y existen para mantener una instrucción conjunta, pues difícilmente pueden enjuiciarse las ayudas concedidas por los cargos inferiores sin tener en cuenta las actuaciones indiciariamente ilícitas que sus superiores propiciaban en esa estructura piramidal para la concesión de las mismas", añade, aseverando que esta cuestión de la división en piezas "constituye un tema que machaconamente se disecciona por el Tribunal Superior --seguramente con la mejor de las intenciones-- en resoluciones, acuerdos o en declaraciones a medios de comunicación".

AGRUPACIONES DE AYUDAS

   A su juicio, "lo razonable es esperar el pronunciamiento de la Audiencia en el supuesto de que la actual titular acordara dicha división, debiendo ser esta comisionada, que sin lugar a dudas tiene mejor conocimiento y visión global de la causa, la que organizara las piezas y la metodología para hacerlo, si eventualmente así se acordase por la superioridad, pues por ejemplo se podría optar por ciertas agrupaciones de ayudas para intentar contrarrestar los efectos de la división".

   En su escrito, y en relación al punto 3 del acuerdo de 23 de junio consistente en solicitar a la titular que informe a la Sala de Gobierno en un plazo no superior a dos meses de la efectividad de las medidas y si las mismas son suficientes, la juez considera que "es claro que esta solicitud debería realizarse también a cada uno de los comisionados, para que cada magistrado informe sobre los asuntos de su competencia o sobre las medidas que precisa, siendo imposible que la titular pueda informar sobre causas que no conoce e ineficaz o perturbador que pueda proponer refuerzos o medidas sobre dichas causas a su simple parecer".

   Alaya defiende que "la finalización del sumario del delito societario no presenta la menor dificultad, pudiendo hacerlo cualquiera sin necesidad de tener especial experiencia o conocimientos" y que "es necesario concentrar el esfuerzo y el tiempo en las causas complejas que así lo requieren", no obstante considera un "error" la atribución a la juez Núñez de las causas de los avales y los cursos de formación.

   A su juicio, el hecho de que la titular asuma la causa de los cursos le genera "una gran inquietud", pues "al margen de sus escasos conocimientos de la misma de la jurisdicción penal por su veteranía como juez de familia, dicha ausencia de confianza deriva de datos objetivos de su actuación" como los expuestos, en relación a que haya omitido el trámite de audiencia a su plan de actuación y a que "pretenda aprovechar estos días de estancia en mi actual plaza de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial para dividir la causa" de los ERE en piezas separadas.


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