Miercoles, 23 de julio de 2025

Acusados de pertenencia a organización terrorista

La Audiencia Nacional absuelve a los 40 miembros de SEGI

El tribunal ha considerado que no pertenecían a esta organización sino a la plataforma Gazte Independendistak, que no está vinculada la banda terrorista y a la que no se relaciona con actos de violencia callejera.

La resolución precisa que "no ha quedado acreditada la pertenencia a SEGI" de los acusados y añade que ninguno de ellos realizó "aportaciones materiales y concretas a las acciones criminales" de esta organización. La sentencia, que cuenta con el voto particular del magistrado Nicolás Poveda, especifica que los 40 actuaban bajo la cobertura de otra plataforma independentista, en la que desarrollaban "actos de contenido político" pero no violento.

El ponente Ramón Sáez Valcárcel ahonda en la composición y fines de Gazte Independentistak y especifica que no consta que la plataforma "dependiera de ETA ni que esta definiera su estrategia y actividades". "No se atribuye a ésta ningún acto de violencia callejera, ni tampoco la coordinación, dirección y planeamiento de esa forma ilegal de intervención, ni que conformase grupos de jóvenes, con estructura paramilitar, dispuestos a actuar con artefactos explosivos y a alterar la convivencia", dice.

Señala que el movimiento juvenil en el País Vasco y Navarra se articulaba a partir de los 'gaztetxes', "lugares ideológicamente plurales y con intereses diversos, que representan expresiones que van desde el feminismo al ambientalismo, los problemas de la enseñanza secundaria y universitaria, el acceso a la vivienda, la problemática del consumo de drogas, el ocio y el deporte, la música y otras manifestaciones de la cultura popular". Según el tribunal, no se ha podido acreditar que SEGI controlara estos espacios.

SIN RELACIÓN CON LA VIOLENCIA CALLEJERA

La sentencia menciona la existencia de una "total confusión" entre Segi y Gazte Independentistak e indica "que no basta con proponer que Segi utiliza a la plataforma juvenil para convertir a sus miembros en militantes de aquella". Agrega que la plataforma juvenil "no se vinculó ni planificó ni promovió ni dirigió acciones de violencia callejera ni consta que configurara grupos para ejecutarla".

El Ministerio Público pedía para todos ellos seis años de cárcel y definía a SEGI como una "organización juvenil creada en el seno del Movimiento de Liberación Nacional Vasco (MLNV) que complementa la actividad de lucha armada de la banda terrorista ETA mediante actos de 'kale borroka' o lucha callejera" que persigue producir un "profundo temor atacando al conjunto de la sociedad democrática y constitucional del Estado de Derecho". Por su parte Dignidad y Justicia, personada en la causa como acusación popular, solicitaba penas de entre 10 y 12 años.

La sentencia se refiere también a las denuncias de tortura formuladas por los acusados aunque indica que "no es objeto del juicio decidir si alguno de ellos fue sometido a torturas o tratos degradantes" durante el tiempo que permanecieron incomunicados antes de declarar ante el juez instructor Fernando Grande-Marlaska. No obstante, apunta que sólo las declaraciones sumariales que se hayan realizado "libre, voluntaria y espontáneamente pueden ser tenidas en cuenta para obtener elementos incriminatorios".

La resolución cuenta con el voto particular del magistrado Nicolás Poveda, que considera "legalmente obtenidas" las manifestaciones de los imputados al no haberse acreditado las torturas. También da por acreditada la pertenencia de los acusados a los movimientos juveniles y asegura que responde al "desdoblamiento en la actividad de los miembros de la rama juvenil de ETA".

DETENCIÓN EN 2009

Los acusados fueron detenidos en noviembre de 2009 tras el arresto el 11 de abril de ese año en una estación de tren de París del entonces número dos del aparato logístico de ETA, Ekaitz Sirvent. Al etarra se le incautó un documento titulado 'La organización de la revolución juvenil en Euskal Herria', en el que se analizaba la situación de la organización y se daban directrices a SEGI.

El entonces juez central de Instrucción número 3, Fernando Grande-Marlaska, señaló en un auto dictado en noviembre de 2009 que SEGI era "un tentáculo de ETA utilizado de forma estructurada cuando conviene a la banda" hasta el punto de convertirse en "una auténtica academia terrorista".

MACROJUICIO

Los 40 acusados fueron juzgados en dos tandas. El juicio principal, en el que se sentaron 36 de ellos, quedó en febrero visto para sentencia. La Audiencia Nacional juzgó posteriormente a otros cuatro, que se encontraban huídos cuando se inició la vista oral.

El proceso se siguió contra Irati Mujika, Ainara Bakedano, Jon Anda Vélez, Gaizka Likona, Olatz Izaguirre, Jon Tellería, Asier Coloma, Ibai Esteibarlanda y Carlos Renedo.

Además están acusados Jon Ciriza, Aitziber Arrieta, Garazi Rodríguez, Maialen Eldua, Eihar Egaña, Euken Villasante, Mikel Esquiroz, Mikel Ayestarán, Xumai Matxain, Aritz López Ugarte, Eñaut Ayarzaguena, Mikel Totorica, Nahaia Aguado, Idoia Iragorri, Xabier de la Maza, Haritz Petralanda, Joseba Dalmau, Zuriñe Gogenola, Jon Ligüerzana, Néstor Silva, Unai Ruiz, Goizane Pinedo, Jagoba Apaolaza, Zumai Olalde, Aitor Ligüerzana, Bittor González, Amaia Elkano, Garbiñe Urra, Itxaso Torregrosa, Oier Zúñiga, Fermín Martínez y Artzai Santesteban.


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